Fiscalidad para impatriados

Ley Beckham: régimen de impatriados

Si te trasladas a España por trabajo, como nómada digital o para emprender, puedes tributar a un tipo fijo del 24% durante seis años. Analizamos si cumples los requisitos, simulamos tu ahorro y presentamos la solicitud en plazo.

4,7 en Trustpilot (33 opiniones)Carolina Díaz Calderón · Abogada colegiada ICAM n.º 97778

¿Qué es la Ley Beckham?

Es el régimen fiscal especial para trabajadores desplazados a España. Permite tributar en el IRPF con reglas del Impuesto sobre la Renta de no Residentes durante el año de llegada y los cinco siguientes.

24%
Tipo fijo sobre rendimientos del trabajo hasta 600.000 €
6 años
Año del desplazamiento y los cinco siguientes
0%
Sobre la mayoría de rentas obtenidas fuera de España
Familia
Ampliable a cónyuge e hijos menores de 25 años

¿Quién puede acogerse?

  • No haber sido residente fiscal en España en los cinco años anteriores al traslado.
  • Trasladarse por un contrato de trabajo con una empresa española o extranjera, incluido el teletrabajo como nómada digital.
  • Ser nombrado administrador de una sociedad (con límites de participación si es patrimonial).
  • Desarrollar en España una actividad emprendedora o como profesional altamente cualificado para startups.
  • No obtener rentas mediante un establecimiento permanente en España.

Qué incluye nuestro servicio

  • Diagnóstico de elegibilidad con un abogado especialista.
  • Simulación fiscal comparando el régimen general con la Ley Beckham.
  • Preparación y presentación del modelo 149 ante la Agencia Tributaria.
  • Coordinación con tu visado o autorización de residencia (nómada digital, trabajo, emprendedor).
  • Orientación sobre la declaración anual (modelo 151) y obligaciones posteriores.

Precio

Honorarios cerrados tras diagnóstico

Cada caso es distinto. Tras revisar tu situación te enviamos un presupuesto cerrado por escrito, sin costes ocultos ni sorpresas.

Plazo importante

La opción por el régimen debe comunicarse en los seis meses siguientes al alta en la Seguridad Social en España (o en el país de origen si continúas cotizando allí). Fuera de plazo no se puede solicitar.

Asesoría gratuita

Solicitar diagnóstico fiscal

Déjanos tus datos y un especialista te contacta en menos de 24h con los pasos claros.

🔒 Tus datos son confidenciales y tratados conforme al RGPD.

Preguntas frecuentes

¿Puedo acogerme a la Ley Beckham con el visado de nómada digital?

Sí. Desde la Ley de Startups, los teletrabajadores que se trasladan a España con visado de nómada digital pueden optar al régimen si cumplen el resto de requisitos.

¿Cuánto tiempo tengo para solicitarlo?

Seis meses desde el alta en la Seguridad Social. Recomendamos iniciar el diagnóstico antes de llegar a España para no perder el plazo.

¿Siempre sale a cuenta?

No siempre. Depende de tus ingresos, de tus rentas en el extranjero y de tu situación familiar. Por eso hacemos una simulación fiscal antes de presentar nada.

¿Cuánto cuesta el servicio?

Trabajamos con honorarios cerrados que te comunicamos tras el diagnóstico inicial, en función de la complejidad de tu caso.

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